Alerta Legal: CMF autoriza firma electrónica para sesiones de directorio de sociedades anónimas fiscalizadas

26 de febrero, 2020 | Por Matías Zegers y M. del Pilar Paredes

Con fecha 13 de febrero de 2020, la Comisión para el Mercado Financiero (“CMF”) emitió la Norma de Carácter General N° 434 (“NCG 434”) que autoriza a las sociedades anónimas que se encuentran bajo su fiscalización, el uso de firma electrónica para la suscripción de actas de sesiones de directorio.

La NCG 434 viene a autorizar de manera permanente el uso de firma electrónica para la suscripción de las actas de sesiones de directorio de las sociedades bajo su control, lo cual, hasta la fecha, y conforme a lo dispuesto en el inciso final del artículo 48 de la Ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas, no estaba permitido y era facultativo de la CMF hacerlo.

La CMF establece en la NCG 434 que el uso de la firma electrónica deberá realizarse mediante mecanismos que cumplan con las condiciones contempladas en la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica Y Servicios De Certificación De Dicha Firma; por lo tanto, conforme a lo señalado en el Artículo 2º letra f) de dicha Ley, será suficiente cualquier sonido, símbolo o proceso electrónico que permita al receptor de un documento electrónico identificar al menos formalmente a su autor.

La NCG 434 es clara, y a fin de evitar dudas sobre la comprobación de la identidad del director que suscribió electrónicamente el acta, señala expresamente que, en aquellos casos en que no se emplee firma electrónica avanzada, los sonidos, símbolos o procesos electrónicos que se empleen para dicho efecto, deberán ser previamente acordados por el directorio; y el gerente general, o quien haya oficiado como secretario en la respectiva sesión, deberá dejar constancia en el acta, del hecho que dicha firma electrónica corresponde al director que aparece suscribiéndola.

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