Alerta Laboral: Modificaciones Ley de Inclusión Laboral

29 de octubre, 2019 | Por Luis Parada y Juan Pablo Mesías.

En el Diario Oficial de 21 de octubre de 2020 se publicó la Ley 21.275 que introduce las siguientes modificaciones a las normas de inclusión laboral de personas con discapacidad, incorporadas al Código del Trabajo a partir de la Ley 21.015 y que serán aplicables a empresas de 100 o más trabajadores (las “Empresas”):

1. Personal certificado en materias de inclusión: Al menos uno de los trabajadores que se desempeñe en funciones de recursos humanos en las Empresas, deberá contar con conocimientos específicos en materias que fomenten la inclusión laboral de las personas con discapacidad, debiendo haberse certificado en estas competencias a través del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales establecido en la ley N° 20.267.

2. Deber de promoción de políticas de inclusión laboral: Las Empresas tendrán la obligación de promover políticas de inclusión en su interior, las que serán informadas anualmente a la Dirección del Trabajo, de conformidad al Reglamento de Inclusión Laboral de Personas con Discapacidad (D.O. 1 febrero de 2018). También deberán elaborar y ejecutar anualmente programas de capacitación de su personal, con el objeto de otorgarles herramientas para una efectiva inclusión laboral dentro de la empresa.

3. Cumplimiento de normas de igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad: Las actividades realizadas durante la jornada de trabajo o fuera de ella deberán considerar las normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad a que se refiere la ley N° 20.422 (que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad), como también los principios generales contenidos en las demás normas vigentes sobre la materia.

Vigencia de las nuevas disposiciones: 1 de noviembre de 2022.

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