Alerta Legal: Chile da los primeros pasos hacia una regulación consciente de la Inteligencia Artificial

Inteligencia Artificial

Chile da los primeros pasos hacia una regulación consciente de la Inteligencia Artificial

15 de junio, 2023 | Por Matías Zegers, Jorge Timmermann y Carla Illanes

El proyecto de ley que regula los sistemas de Inteligencia Artificial (“I.A.”), robótica y tecnologías conexas (Boletín N°15869-19) (“el Proyecto”), presentado por moción parlamentaria, ahora se encuentra en primer trámite constitucional. El Proyecto tomó como base la Ley de Inteligencia Artificial de Europa (2021) teniendo a la vista, además, la Política de Inteligencia Artificial publicada durante el mes de octubre de 2021 en Chile, liderada por el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación; en conjunto con la modificación a la Constitución Política que incluyó el desarrollo científico y tecnológico al servicio de las personas como un principio rector en nuestro ordenamiento jurídico.
 
Su objeto declarado es establecer un área de soberanía digital para los sistemas de I.A. en que sea el Estado el que discuta las consideraciones éticas y jurídicas y regule los riesgos surgidos a propósito del desarrollo, distribución, comercialización y utilización de esta tecnología. Esto, considerando un balance que garantice el resguardo a los derechos fundamentales, sin obstaculizar ni impedir indebidamente el desarrollo y acceso a estas tecnologías.
 
Precisa la moción que “la introducción de esta legislación tiene como objetivo garantizar que la inteligencia artificial sea un instrumento para las personas y una fuerza positiva en la sociedad y que su fin último siempre deba ser incrementar el bienestar humano”.
 
El Proyecto se estructura en 15 artículos y en líneas generales:

a. entrega nuevas definiciones, incluida una definición de I.A.;
b. señala los criterios conforme a los cuales se calificarán los sistemas de I.A. como de riesgo inaceptable o de alto riesgo, prohibiendo los primeros;
c. crea la Comisión Nacional de Inteligencia Artificial, dependiente del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, que deberá proponer a los órganos colegisladores las futuras adecuaciones de esta normativa, lo cual cobra importancia considerando que ha sido aprobado el Reglamento de Inteligencia Artificial en Europa, que necesariamente significará una revisión de nuestra normativa en ciernes;
d. implanta un mecanismo de autorización previo a iniciar el desarrollo, comercialización, distribución y utilización de sistemas de I.A.; y
e. establece sanciones en caso de incumplimiento (pecuniarias o presidio mayor en su grado mínimo, según proceda).

En suma, Chile se une prontamente a las iniciativas reguladoras que existen a nivel internacional; sin embargo, queda por ver como se desarrollará la discusión legislativa, instancia donde será fundamental escuchar las opiniones de actores fundamentales como la sociedad civil, el sector privado y la academia, a fin de otorgar credibilidad al proceso, robusteciendo el objeto del proyecto en orden a asegurar la protección de los derechos fundamentales garantizados por el Estado.

Capacidades de DLA Piper
 
La inteligencia artificial y la automatización están cambiando nuestra forma de hacer negocios. Visite la página de DLA Piper dedicada a la Inteligencia Artificial para mantenerse informado sobre las perspectivas y capacidades del sector.

Contacto:
Para más información, por favor contactar a:
Matías Zegers 
Socio
mzegers@dlapiper.cl

* Este reporte provee de información general sobre ciertas cuestiones de carácter legal o comercial en Chile y no tiene por fin analizar en detalle las materias contenidas en este, ni tampoco está destinado a proporcionar una asesoría legal particular sobre las mismas. Se sugiere al lector buscar asistencia legal antes de tomar una decisión relativa a las materias contenidas en el presente informe. Este informe no puede ser reproducido por cualquier medio o en parte alguna, sin el consentimiento previo de DLA Piper Chile 2023.